SUMAR
Servicios socialesJuventud
Aprobar una ley de participación juvenil que desarrolle el artículo 48 de la Constitución y regule el movimiento asociativo juvenil.
“Desarrollaremos normativamente el artículo 48 de la Constitución española, como mínimo, con una ley de participación juvenil donde se regule de forma específica el movimiento asociativo juvenil, y que incluya áreas jóvenes de sindicatos, partidos políticos, organizaciones religiosas y empresariales.”
Fuente: Programa electoral del partido. Resumen en lenguaje llano; lo que vale es la cita literal.